- julio 14, 2021
Estamos desarrollado el DECRETO 55/2019, de 5 de abril, del Consell, por el que se aprueba la revisión del Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana. [2019/4208] para el Exmo Ayuntamiento de Godelleta.
El artículo 45 de la Constitución Española establece un mandato global de protección del medio ambiente, conforme al cual los poderes públicos han de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
De acuerdo con el artículo 50.6 del Estatut d Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley orgánica 5/1982, de 1 de julio, corresponde a la Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución de la normativa básica en materia de medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de la Generalitat para establecer normas adicionales de protección. Asimismo, en materia de ordenación del territorio, el artículo 49.1.9 del Estatut d Autonomía atribuye a la Generalitat la competencia exclusiva.
En este marco normativo, la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunitat Valenciana, de conformidad con la normativa básica estatal, concreta las competencias que ostenta la Generalitat, tanto sobre el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos, como en lo relativo a la coordinación mediante los diferentes planes autonómicos de residuos de todas las actuaciones que se desarrollen en esta materia, partiendo del principio general de coordinación de competencias entre la Generalitat y las administraciones locales valencianas en orden a realizar una planificación concertada y eficaz.
La ley dedica su título II a la planificación, ordenando que las actividades de gestión de residuos, tanto públicas como privadas, se ejecuten conforme a los planes de residuos aprobados por las administraciones públicas competentes. La planificación de la gestión de los residuos por la Generalitat persigue la coordinación entre las diferentes administraciones públicas con competencias en este ámbito, para lograr, entre otros objetivos, la determinación y distribución en el territorio del conjunto de instalaciones de gestión necesarias para garantizar los principios de autosuficiencia y proximidad en la gestión de residuos generados en la Comunitat Valenciana.
Como exponente de los instrumentos de planificación contemplados en la citada ley, el Plan integral de residuos se erige en el instrumento director y coordinador de todas las actuaciones que se realicen en la Comunitat Valenciana en materia de gestión de residuos.
Así, la Comunitat Valenciana cuenta desde 1997 con un Plan integral de residuos (en adelante PIR97), aprobado por Decreto 317/1997, de 24 de diciembre, del Consell y modificado por el Decreto 32/1999, de 2 de marzo, del Consell, que ha venido a establecer las pautas y criterios a seguir con el objetivo de lograr una gestión integral y coordinada de los residuos, y que se ha materializado principalmente en la aprobación de los distintos planes zonales previstos.